La Nueva Normalidad

La Nueva Normalidad va a llegar a nuestras vidas el Día 22 de Junio de 2020, justo cuando va a terminar el Estado de Alarma en España.

Un Real Decreto-ley 21/2020, que entró en vigor el 10/06/2020 donde se establecen las medidas aplicables para el resto de los meses que nos quedan hasta la erradicación del Covid-19.

Casi todo el País está en la última de las fases de la Desescalada del Confinamiento, la Fase 3, menos Madrid, Barcelona y algunas provincias de Castilla y León.

Aunque estos lugares no hayan pasado todavía a la última fase, también van a poder avanzar a La Nueva Normalidad ya que el Gobierno de España ya no va a volver a prorrogar más el Estado de Alarma.

¿Que es la Nueva Normalidad?

Así se ha denominado, según el Presidente del Gobierno de España, Pedro Sánchez, a un Periodo Indefinido de Tiempo que va a ir desde el día 22 de Junio de 2020 (Cuando acaba el Estado de Alarma) hasta que se consiga una Vacuna Efectiva contra el Coronavirus Covid19.

En esta etapa vamos a tener que acostumbrarnos a ciertas limitaciones en nuestro día a día, unas limitaciones que ya hemos ido aprendiendo durante las últimas semanas que han a durado las Fases de la Desescalada.

Que se puede hacer en la Fase 3

La situación no va a ser muy diferente a la que ya se vive en la Fase 3 y pocas son las diferencias en cuanto a aforos limitados o a medidas de seguridad e higiene.

Uso Obligatorio de la Mascarilla

El uso de la Mascarilla es Obligatorio en todo el territorio nacional, tanto en espacios cerrados como en espacios abiertos. Desde el día 10 de Junio del 2020 su uso se ha convertido en indispensable y obligatorio.

A partir de seis años en adelante es obligatorio el uso de mascarilla en los siguientes supuestos:

En la vía pública al aire libre y en cualquier espacio cerrado de uso público o privado que se encuentre abierto al público.

Los medios de transporte aéreo, marítimo o ferrocarril, también en el transporte público como autobús, metro, taxi o vtc.

Los vehículos privados de hasta nueve plazas, incluido el conductor, si los ocupantes de los vehículos de turismo no conviven en el mismo domicilio.

Para el caso de los pasajeros de buques y embarcaciones, no será necesario el uso de mascarillas cuando se encuentren dentro de su camarote o en sus cubiertas.

La obligación no será exigible para las personas que presenten algún tipo de enfermedad o dificultad respiratoria que pueda verse agravada por el uso de la mascarilla.

Tampoco a personas en situación de discapacidad o dependencia que no dispongan de autonomía para quitarse la mascarilla, o bien presenten alteraciones de conducta que hagan inviable su utilización.

Tampoco será exigible para la realización de ejercicio individual al aire libre, ni en los supuestos de fuerza mayor o situación de necesidad o cuando, por la propia naturaleza de las actividades, el uso de la mascarilla resulte incompatible, con arreglo a las indicaciones de las autoridades sanitarias.

El incumplimiento de esta medida será objeto de sanción administrativa con la cuantía de una multa de hasta 100€.

Novedades en la Nueva Normalidad

Las dos Novedades más importantes en esta Última Fase van a ser la de la Libre Movilidad en todo el territorio nacional y la de la distancia de seguridad interpersonal, que se reduce a 1,5 metros.

Uno de los efectos que más hemos sufrido en este Estado de Alarma ha sido la privación de uno de los derechos más fundamentales que tiene la democracia.

La libre movilidad es uno de los derechos que vamos a recuperar los Españoles en esta esperada “Nueva Normalidad”. Ya se podrá viajar por todo el territorio nacional sin ningún tipo de restricción.

Los viajes entre provincias ya se pueden realizar en la Fase 3, pero para poder cambiar de Autonomía hay que esperar a que todo el país llegue a esta última Fase.

La segunda de las Novedades es la reducción de la distancia de seguridad interpersonal. Hasta ahora se había estipulado en 2 metros, pero a raíz de la llegada de esta nueva y última fase, desde el ministerio de Sanidad se ha decidido reducirla a 1,5 metros.

Puede parecer una cosa menor, o sin importancia, pero está reducción va a hacer ganar mucho espacio en muchos lugares donde el aforo va a estar delimitado a mantener la distancia social y no a un porcentaje.

Mayor Capacidad de Acción a las Comunidades Autónomas

Las Autonomías vuelven a recuperar muchas de las competencias que durante el Estado de Alarma habían tenido que ceder al mando único. Desde el momento en el que este Decreto Ley entre en vigor, las Autonomías vuelven a recuperar toda la Capacidad de Acción.

Desde la Fase 3 las Autonomías podían regular ciertos aspectos de la Desescalada y también eran las encargadas de establecer la duración de esa Fase, a partir de la Nueva Normalidad van a tener mucho más poder de decisión en lo que a restricciones se refiere.

Siempre y cuando no exista una contradicción de las normas que establezca el Estado central o que no se ajusten a la prevención de un posible rebrote de contagios que pueda llegar a tener que aislar a una parte o a la totalidad de la Autonomía.

Todas las Normas y Restricciones que van a existir a partir de ahora las debe de realizar la autoridad competente, esta podrá ser desde el ayuntamiento a la propia comunidad autónoma. Esto quiere decir que no será igual en toda España, si no que habrá diferentes restricciones en cada lugar del territorio.

Medidas de Detección precoz, control de fuentes de infección y vigilancia epidemiológica

Podría haber un Rebrote de Coronavirus.

Una de las medidas en las que hace más incapie este decreto de Nueva Normalidad, es en el control y vigilancia ante cualquier indicio de un posible Rebrote. A si que se va a otorgar a cualquier estamento público o privado de cualquier índole la obligación de comunicar a las autoridades sanitarias todo aquel caso sospechoso de persona contagiada.

Las entidades tanto privadas como públicas podrán recabar los datos personales necesarios y tienen la obligación de comunicarlo

El tratamiento tendrá por finalidad el seguimiento y vigilancia epidemiológica del COVID-19 para prevenir y evitar situaciones excepcionales de especial gravedad, atendiendo a razones de interés público esencial en el ámbito específico de la salud pública, y para la protección de intereses vitales de los afectados y de otras personas físicas al amparo de lo establecido en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016. Los datos recabados serán utilizados exclusivamente con esta finalidad.

Los responsables del tratamiento serán las comunidades autónomas, las ciudades de Ceuta y Melilla y el Ministerio de Sanidad, en el ámbito de sus respectivas competencias, que garantizarán la aplicación de las medidas de seguridad preceptivas que resulten del correspondiente análisis de riesgos, teniendo en cuenta que los tratamientos afectan a categorías especiales de datos y que dichos tratamientos serán realizados por administraciones públicas obligadas al cumplimiento del Esquema Nacional de Seguridad.

BOE-A-2020-5895

Control de Trazabilidad de Contagio

El Test del Coronavirus Más Rápido y Económico

Se establece la figura del “Rastreador”, se pretende contratar por parte del Ministerio de Sanidad un número indeterminado de profesionales que se van a dedicar a realizar la búsqueda de los posibles contactos que haya podido contagiar un paciente diagnosticado de Covid-19.

El fin de este cometido es el de encontrar la trazabilidad que haya podido ocasionar una persona infectada y así poder aislar y controlar a todas las personas que haya tenido un contacto estrecho con el infectado.

Se instará a cualquier local público o privado y a los medios de transporte que haya podido usar el afectado a comunicar los datos de todas las personas que hayan compartido espacio con el infectado.

¿Que es la Nueva Normalidad?

Es la denominación que se le ha dado a esta nueva etapa que vamos a vivir en España durante los próximos meses.

¿Cuando empieza la Nueva Normalidad?

A partir de las 0:00 del día 21 de Junio del 2020, pero habrá que esperar al día 22 de Junio y los siguientes días para que las comunidades autónomas pongan en funcionamiento las nuevas medidas.

¿Cuando termina la Nueva Normalidad?

No tiene fecha de termino, va a estar vigente durante un periodo de tiempo indefinido, según está planteado en el Real Decreto Ley, la finalización estará adecuada a la consecución de una Vacuna Efectiva contra el Coronavirus Covid19.

¿Que se puede hacer en la Nueva Normalidad y que no?

Se puede hacer todo lo que se podía hacer antes de la Pandemia, eso sí con algunas recomendaciones y restricciones en aforo. También está permitida la libre circulación por todo el territorio nacional.
También la llegada de Vuelos internacionales procedentes de países extranjeros y la apertura de fronteras terrestres desde Francia y Portugal.

1 comentario en «La Nueva Normalidad»

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