¿Que son las Actividades Esenciales durante el Estado de Alarma? A partir del Lunes treinta de marzo y durante un plazo de quince días se van a endurecer las medidas de protección contra el Coronavirus.
Hemos creado una lista con las profesiones que pueden ir a trabajar y con las que no según interpretamos del Real Decreto Ley dictado el día 29/03/20 que revisa lo ya incluido en el Real Decreto Ley del Estado de Alarma.
Miles de Españoles van a tener un fin de semana muyyy largo, muchos trabajadores, sin comerlo ni beberlo, se van a encontrar con unas “Vacaciones Pagadas”, semana Santa incluida. Desde este viernes y hasta el día 9 de Abril, van a dejar de ir a su trabajo los empleados de las fábricas que no sean de producción de artículos Sanitarios o de Alimentación.
Tampoco se trabajará en la construcción, una demanda que se ha pedido desde muchos lugares y que por fin se ha escuchado, este gremio a sido de los más polémicos de los que seguían trabajando.
¿Cuáles son las actividades esenciales que no paran por el Covid-19?

Ya se ha publicado en el BOE, y con la información que hemos podido recopilar, presentamos una lista de los gremios a los que les afecta el nuevo Real Decreto Ley.
Seguirán asistiendo a sus puestos de trabajo todos los trabajadores de los servicios esenciales, que son:
- Personal Sanitario
- Cuerpos y fuerzas de Seguridad del Estado
- Fuerzas Armadas
- Funcionarios del Gobierno (El personal básico de funcionamiento)
- Empresas de Material Sanitario
- Empresas de Alimentación
- Transporte de mercancías
- Empresas de Paquetería y delivery
- Transporte Público (Servicios Mínimos)
- Empresas de Telecomunicaciones
- Empresas de Servicios Básicos (Luz, Agua, Saneamiento, Gas, …)
- Teletrabajo
- Comercio Electrónico
- Medios de Comunicación
- Estancos
- Gasolineras
- Farmacias, Óptica y Ortopedia
- Alimentación Animal
- Lavanderías
- Tiendas de Telefonía e informática
- Kioscos de Prensa
- Banca (Sin Atención al público)(Teletrabajo)
- Servicios Técnicos de Electrodomésticos (Solo Urgencias)
- Electricistas (Solo Urgencias)
- Fontaneros (Solo Urgencias)
- Cerrajeros (Solo Urgencias)
- Otros servicios de Reparaciones en el hogar de Urgencia
- Cuidadores de personas mayores y menores
- Servicio de Recogida de Basuras
- Servicios Funerarios
- Notarias
- Abogados, procuradores, intérpretes…
- Seguridad Privada
- Conserjes y servicios de portería
- Jardinería
- Servicios de Limpieza
- Limpieza del Hogar
- Compañías de Seguros (Urgencias)
- Asesorías (Sin Atención al público)(Teletrabajo)
¿Cuáles son las actividades NO esenciales que no Trabajan por el coronavirus?
Hasta ahora se permitía trabajar a la industria, pero a partir de este lunes no podrán abrir las fábricas cuya producción no sea la fabricación de productos sanitarios, de alimentación o bienes de primera necesidad.
No podrán abrir las puertas de sus Fabricas entre otros sectores:
- Industriales
- Aviación
- Astilleros
- Manufacturas
- Automoción
- Restauración
- Espectáculos
- Cine y Teatro
- Comercio minorista ( No alimentación)
De estas empresas podrán trabajar las que hayan adaptado su producción hacia elementos de primera necesidad o Sanitarios.
¿Cobrarán los trabajadores que van a dejar de trabajar?
Los trabajadores que van a dejar de Trabajar por qué su gremio no está en la lista de Actividades Esenciales, van a contar con un “permiso retribuido recuperable”.
Esto quiere decir que van a seguir cobrando su sueldo con normalidad. Este sueldo lo va a seguir Pagando su Empresa, a cambio de que cuando se termine la emergencia sanitaria y se vuelva a restablecer el trabajo, se tendrán que realizar las horas de trabajo y progresivamente se deberán de recuperar todas las horas pérdidas.