¿Que son las actividades esenciales en el Estado de Alarma?

¿Que son las Actividades Esenciales durante el Estado de Alarma? A partir del Lunes treinta de marzo y durante un plazo de quince días se van a endurecer las medidas de protección contra el Coronavirus.

Hemos creado una lista con las profesiones que pueden ir a trabajar y con las que no según interpretamos del Real Decreto Ley dictado el día 29/03/20 que revisa lo ya incluido en el Real Decreto Ley del Estado de Alarma.

Miles de Españoles van a tener un fin de semana muyyy largo, muchos trabajadores, sin comerlo ni beberlo, se van a encontrar con unas “Vacaciones Pagadas”, semana Santa incluida. Desde este viernes y hasta el día 9 de Abril, van a dejar de ir a su trabajo los empleados de las fábricas que no sean de producción de artículos Sanitarios o de Alimentación.

Tampoco se trabajará en la construcción, una demanda que se ha pedido desde muchos lugares y que por fin se ha escuchado, este gremio a sido de los más polémicos de los que seguían trabajando.

¿Cuáles son las actividades esenciales que no paran por el Covid-19?

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Ya se ha publicado en el BOE, y con la información que hemos podido recopilar, presentamos una lista de los gremios a los que les afecta el nuevo Real Decreto Ley.

Seguirán asistiendo a sus puestos de trabajo todos los trabajadores de los servicios esenciales, que son:

  • Personal Sanitario
  • Cuerpos y fuerzas de Seguridad del Estado
  • Fuerzas Armadas
  • Funcionarios del Gobierno (El personal básico de funcionamiento)
  • Empresas de Material Sanitario
  • Empresas de Alimentación
  • Transporte de mercancías
  • Empresas de Paquetería y delivery
  • Transporte Público (Servicios Mínimos)
  • Empresas de Telecomunicaciones
  • Empresas de Servicios Básicos (Luz, Agua, Saneamiento, Gas, …)
  • Teletrabajo
  • Comercio Electrónico
  • Medios de Comunicación
  • Estancos
  • Gasolineras
  • Farmacias, Óptica y Ortopedia
  • Alimentación Animal
  • Lavanderías
  • Tiendas de Telefonía e informática
  • Kioscos de Prensa
  • Banca (Sin Atención al público)(Teletrabajo)
  • Servicios Técnicos de Electrodomésticos (Solo Urgencias)
  • Electricistas (Solo Urgencias)
  • Fontaneros (Solo Urgencias)
  • Cerrajeros (Solo Urgencias)
  • Otros servicios de Reparaciones en el hogar de Urgencia
  • Cuidadores de personas mayores y menores
  • Servicio de Recogida de Basuras
  • Servicios Funerarios
  • Notarias
  • Abogados, procuradores, intérpretes…
  • Seguridad Privada
  • Conserjes y servicios de portería
  • Jardinería
  • Servicios de Limpieza
  • Limpieza del Hogar
  • Compañías de Seguros (Urgencias)
  • Asesorías (Sin Atención al público)(Teletrabajo)

¿Cuáles son las actividades NO esenciales que no Trabajan por el coronavirus?

Hasta ahora se permitía trabajar a la industria, pero a partir de este lunes no podrán abrir las fábricas cuya producción no sea la fabricación de productos sanitarios, de alimentación o bienes de primera necesidad.

No podrán abrir las puertas de sus Fabricas entre otros sectores:

  • Industriales
  • Aviación
  • Astilleros
  • Manufacturas
  • Automoción
  • Restauración
  • Espectáculos
  • Cine y Teatro
  • Comercio minorista ( No alimentación)

De estas empresas podrán trabajar las que hayan adaptado su producción hacia elementos de primera necesidad o Sanitarios.

¿Cobrarán los trabajadores que van a dejar de trabajar?

Los trabajadores que van a dejar de Trabajar por qué su gremio no está en la lista de Actividades Esenciales, van a contar con un “permiso retribuido recuperable”.

Esto quiere decir que van a seguir cobrando su sueldo con normalidad. Este sueldo lo va a seguir Pagando su Empresa, a cambio de que cuando se termine la emergencia sanitaria y se vuelva a restablecer el trabajo, se tendrán que realizar las horas de trabajo y progresivamente se deberán de recuperar todas las horas pérdidas.

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